3 Abr 2020

¿Que actividades están permitidas y prohibias por la emergencia sanitaria?

Con el objetivo de acatar la Emergencia Sanitaria decretada por la federación como

medida preventiva para contener el COVID-19 en el país, el Gobernador del Estado,

Enrique Alfaro Ramírez, anunció el cese de actividades no esenciales en la entidad

aquellas actividades fuera de las permitidas que sigan operando podrían hacerse

acreedoras a multas e inclusive la clausura.

Las actividades que sí están permitidas son las necesarias para atender la emergencia

sanitaria como lo son las actividades laborales de la rama médica, paramédica,

administrativa y de apoyo en todo el sistema nacional de salud. También las que

participan en su abasto, servicios, y proveeduría, entre las que destacan el sector

farmacéutico, tanto en su producción, como en su distribución, es decir las farmacias,

pero también las actividades industriales para el empacado de las medicinas.

Son actividades esenciales también las de los sectores fundamentales de la economía:

financieros, el de recaudación tributaria, distribución y venta de energéticos, gasolineras y

gas, generación y distribución de agua potable; industria de alimentos y bebidas no

alcohólicas, mercados de alimentos, supermercados, tiendas de autoservicio, abarrotes y

venta de alimentos preparados; servicios de transporte de pasajeros y de carga;

producción agrícola, pesquera y pecuaria, agroindustria, industria química, productos de

limpieza; ferreterías, servicios de mensajería, guardias en labores de seguridad privada,

guarderías y estancias infantiles, asilos y estancias para personas adultas mayores,

refugios, y centros de atención a mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos;

telecomunicaciones y medios de información; servicios privados de emergencia, servicios

funerarios y de inhumación; servicios de almacenamiento y cadena de frío de insumos

esenciales; logística (aeropuertos, puertos y ferrocarriles). También están permitidas las

actividades que tienen que ver con la operación de los programas sociales de gobierno y

las necesarias para la conservación, mantenimiento y reparación de la infraestructura

crítica que aseguran a producción y distribución de servicios indispensables; a saber:

agua potable, energía eléctrica, gas, petróleo, gasolina, turbosina, saneamiento básico,

transporte público, infraestructura hospitalaria y médica. Por último, son actividades

esenciales las involucradas en la seguridad pública y Protección ciudadana, la defensa de

la integridad y la soberanía nacionales; la procuración e impartición de justicia; así así como

la actividad legislativa en los niveles federal y estatal.


Notas relacionadas

    Item 1 of 0